Muchos clientes se dirigen a nosotros solicitándonos si pueden hacer cambios en su convenio de divorcio o separación. Por eso hemos considerado oportuno ofreceros toda una serie de pautas y consejos para abordar esta cuestión y sobre todo para que valoréis la importancia que tiene la redacción de vuestro convenio al inicio de una separación.

1ª Pregunta: quiero modificar mi convenio de divorcio ¿Puedo hacerlo?

Sí por supuesto. Ahora bien, no puede modificarse ante cualquier cambio o circunstancia que tengáis a no ser que haya acuerdo con vuestro ex cónyuge o ex pareja y entonces evidentemente podréis hacer ese cambio en cualquier momento.

2ª Pregunta. ¿Que circunstancias tienen que darse para modificar el convenio?

Si existe acuerdo con la otra parte, la modificación que queráis hacer será plenamente libre.  Evidentemente los límites vienen impuestos porque los pactos sean respetuosos con los derechos de los menores afectados.

En caso que no exista acuerdo y queráis someter a decisión judicial vuestra propuesta de modificación de convenio debéis saber que los juzgados valorarán el cumplimiento de una serie de requisitos para admitir dicho cambio.

Estos requisitos son fundamentalmente los siguientes:

  1. Que existan unas circunstancias diferentes a las que se dieron en el momento de aprobación del convenio, sucedidas con posterioridad a dicha aprobación.
  2. Que esas nuevas circunstancias tengan una entidad suficiente. Cualquier cambio no será suficiente para suscitar un cambio de convenio.
  3. Debe ser un cambio de circunstancias que pueda ser considerado permanente o al menos que no obedezca a una situación de carácter transitorio.
  4. El cambio acaecido debe ser una circunstancia sobrevenida, ajena a la voluntad del cónyuge que propone el cambio.

3ª Pregunta. ¿Qué debo hacer, en caso de necesitar o querer modificar mi convenio?

Evidentemente si la relación con tu ex pareja sigue siendo correcta y cordial lo mejor es que expongas esta necesidad y consensuéis una modificación de mutuo acuerdo.

Alcanzado el acuerdo lo importante es que os pongáis en manos de vuestro letrado/a para dar formalización al nuevo acuerdo.

Por el contrario, si el entendimiento no es bueno o aunque lo sea la otra parte no está por la labor de aceptar el cambio propuesto lo más conveniente antes de actuar de un modo u otro es consultar con un abogado/a especializado en la materia.

Él o ella te darán las pautas para valorar si la modificación que planteas puede o no prosperar judicialmente y, en caso que no lo fuera sería conveniente que te ofreciera las pautas que deben seguirse para poder proponer el cambio más adelante.

También puede acudirse a una mediación familiar que, en caso que sea aceptada por tu ex pareja, puede servir para abrir una nueva vía de comunicación sobre el asunto.

En conclusión, debéis pensar que vuestro convenio de divorcio al quedar formalizado, tras su ratificación, en una sentencia judicial no puede ser alterado ante cualquier circunstancia.

Nos os dejéis asesorar por aquellos que, en el momento de firmar el convenio, os indican que posteriormente puede modificarse porque no es cierto. Por tanto, debéis darle importancia al redactado inicial de vuestro convenio y dejaros asesorar correctamente por despachos especializados.