Curatela y guarda de hecho
En Hernández Costa destacamos en la solución de casos relacionados con la curatela y guarda de hecho:
En Hernández Costa Abogados, entendemos la importancia de proteger a nuestros familiares cuando necesitan asistencia en el ejercicio de su capacidad legal. A lo largo de la vida, puede ser necesario implementar medidas de apoyo para ayudar a quienes enfrentan dificultades para tomar decisiones o gestionar sus asuntos personales y patrimoniales.
En Hernández Costa ofrecemos una atención cercana y especializada para que cada familia encuentre el apoyo legal que necesita, garantizando el mejor resultado posible. Los mecanismos más comunes que gestionamos incluyen:
- Curatela
- Guarda de hecho de menores
- Guarda de hecho de una persona con discapacidad
- Nombramiento de un defensor judicial
Si necesitas ayuda, en Hernández Costa Abogados estamos preparados para ofrecerte un asesoramiento personalizado y un acompañamiento integral durante todo el proceso.
Nos encargamos de:
- Guarda de hecho de un menor
- Guarda de hecho de una persona con discapacidad
- Curatela
- Nombramiento de un defensor judicial
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Preguntas frecuentes sobre curatela y guarda de hecho:
¿Qué es la curatela y en qué casos se aplica?
La curatela es la principal medida formal de apoyo de origen judicial que se aplica a las personas que precisan apoyo de modo continuado. El propio significado de la palabra curatela (cuidado) revela la finalidad de la institución: asistencia, apoyo, ayuda en el ejercicio de la capacidad jurídica. Por tanto, la curatela es, primordialmente, de naturaleza asistencial. No obstante, en los casos en los que sea preciso, y solo de manera excepcional, puede atribuirse al curador funciones representativas.
La extensión de la curatela viene determinada en la correspondiente resolución judicial en armonía con la situación y circunstancias de la persona con discapacidad y con sus necesidades de apoyo.
¿En qué consiste la guarda de hecho de menores y cuándo es necesario formalizarla?
La guarda de hecho es una medida informal de apoyo que puede existir cuando no haya medidas voluntarias o judiciales que se estén aplicando eficazmente. Formalizar esta situación es importante para proteger los derechos del menor y otorgar respaldo legal al guardador, permitiéndole actuar en nombre del menor en situaciones necesarias.
¿En qué consiste la guarda de hecho de una persona con discapacidad?
La guarda de hecho es una medida informal de apoyo, en el caso de las personas con discapacidad quien ejerza adecuadamente la guarda de hecho de una persona con discapacidad continuará en el desempeño de su función incluso si existen medidas de apoyo de naturaleza voluntaria o judicial, siempre que estas no se estén aplicando eficazmente.
Cuando, excepcionalmente, se requiera la actuación representativa del guardador de hecho, este debe obtener la autorización para realizarla a través del correspondiente expediente de jurisdicción voluntaria, en el que se oirá a la persona con discapacidad. La autorización judicial para actuar como representante se podrá conceder, previa comprobación de su necesidad, en los términos y con los requisitos adecuados a las circunstancias del caso.
¿Qué papel desempeña un defensor judicial y cuándo es necesario solicitarlo?
La figura del defensor judicial está prevista para situaciones concretas, como por ejemplo cuando exista conflicto de intereses entre la figura de apoyo y la persona con discapacidad o cuando exista imposibilidad coyuntural de que la figura de apoyo habitual lo ejerza.
El nombramiento de defensor judicial como medida formal de apoyo procederá cuando la necesidad de apoyo se precise de forma ocasional, aunque sea recurrente.
¿Es posible cambiar el tipo de asistencia o apoyo legal una vez que ha sido asignado?
Sí, en algunas circunstancias es posible modificar el tipo de asistencia legal asignado. Si las condiciones de la persona cambian o si el apoyo existente no es adecuado.
¿Cuál es el proceso para solicitar asistencia en la gestión de la capacidad legal?
El proceso comienza con una consulta en la que evaluamos las necesidades de la persona y de la familia. Luego, determinamos la medida de apoyo más adecuada y, si es necesario, iniciamos el proceso judicial o administrativo para formalizarla.
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