Actualmente es altamente frecuente encontrarnos en situaciones en las que familias que residen en España, o que tienen intención de residir en España, tienen sentencias de divorcio o de cualquier otra índole, dictadas por países extranjeros, y que quieren hacer valer estas resoluciones judiciales en España.

Sin embargo, para hacer valer estas resoluciones en nuestro país, debemos acudir a un procedimiento judicial llamado “exequátur”, regulado en la Ley de Cooperación Jurídica Internacional 29/2015.

¿Cuándo es necesario el exequatur en Derecho de Familia?

En Derecho de Familia el exequatur resulta especialmente relevante para poder reconocer sentencias de divorcio, separación, modificaciones de medidas, adopciones, pensiones alimenticias, etc.

Ello no es aplicable a todos los estados, ya que las resoluciones judiciales de los estados de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza no requieren la necesidad de realizar este procedimiento, ya que son directamente ejecutivas.

¿En qué consiste el procedimiento de exequatur?

Como indicamos, el exequatur es un procedimiento judicial especial mediante el cual los tribunales españoles reconocen una sentencia judicial extranjera dictada fuera de los estados indicados, con el objetivo de que estas resoluciones tengan plena vigencia y validez en España.

Por tanto, una vez la sentencia judicial extranjera es reconocida y homologada en España, ésta podrá ser ejecutada por los tribunales españoles como si se tratase de una sentencia judicial española cuando se haya pedido también su ejecución, o podrá solicitarse su ejecución en cualquier otro momento a los tribunales españoles directamente.

Sin embargo, para poder producirse este reconocimiento, se deben cumplir con ciertos requisitos, sobre todo procesales, como, por ejemplo, que la sentencia de origen haya sido debidamente notificada, que sea firme, que las decisiones que contenga dicha resolución se adecúen y respeten el orden público español, etc.

Podemos encontrarnos que en caso de no cumplir alguno de estos requisitos, el Juez competente deniegue el reconocimiento de la sentencia en cuestión.

¿Dónde y cómo se presenta la demanda de exequatur?

Para poder reconocer, por tanto, una sentencia judicial extranjera, nos tendremos que dirigir a los Juzgados de Primera Instancia del domicilio de la parte frente a la que se solicita el reconocimiento de la resolución.

Al tener clara la competencia del Juzgado, tendremos que presentar una demanda aportando la copia de la resolución extranjera, el documento que acredite su firmeza, la traducción jurada de la sentencia (si está dictada en otro idioma diferente al español), y cualquier otra documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. En caso de ser admitida, se le dará traslado a la otra parte para que se oponga o no, al reconocimiento de la sentencia.

Este reconocimiento, sin embargo, puede ser denegado en todo o en parte, es decir, que se reconozcan algunos de los pronunciamientos de la sentencia de origen, pero no todos.

Un ejemplo es, en una sentencia de divorcio que contiene algún pronunciamiento contrario al orden público, el Juzgado español puede optar por reconocer el pronunciamiento de divorcio y entender que el matrimonio ha sido disuelto, pero no acordar las medidas en cuanto a los hijos, al entender que no son conformes al orden público español.

Además del reconocimiento, mediante la demanda de exequatur también se puede solicitar la ejecución de la sentencia, que no se concederá hasta el momento en que efectivamente se reconozca su validez en España, por los motivos que estamos comentando. Sin perjuicio de ello, el reconocimiento puede solicitarse en cualquier momento desde el reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, por lo que no hace falta solicitarlo desde el primer momento.

Consideraciones finales sobre el procedimiento

Si bien es un procedimiento judicial que consiste en reconocer una sentencia judicial extranjera y que a priori puede parecer ser sencillo, es un procedimiento que puede llegar a tener una complejidad importante si existen defectos en la documentación o si la otra parte se opone al reconocimiento de la sentencia judicial extranjera.

Además, hay que tener en cuenta sobre qué tipo de sentencia vamos a pedir el reconocimiento, ya que no es lo mismo solicitar el reconocimiento de una sentencia de divorcio, que la de una resolución de denegación de patria potestad, por la complejidad y por lo poco común que en nuestros tribunales se da esta medida.