Los procedimientos de separación, divorcio, nulidad matrimonial o de guarda y custodia contenciosos suelen dilatarse en el tiempo debido a la saturación judicial existente. Este tipo de litigios redundan en aspectos fundamentales de la vida personal de las partes y de sus hijos, por este motivo, el legislador ha creado un mecanismo cuya finalidad es acordar unas medidas temporales que regulen los aspectos más básicos tras la ruptura hasta que se dicte sentencia. Este procedimiento es el de Medidas provisionales, conocidas también como medidas cautelares y es aplicable tanto a los procedimientos matrimoniales como a las parejas de hecho.
¿Cuándo y cómo se solicitan las medidas provisionales?
Deben solicitarse mediante demanda dirigida al Juzgado de Primera Instancia correspondiente y existen dos momentos procesales para interponerla:
- Previo a la interposición de la demanda principal de separación, divorcio, nulidad matrimonial o de guarda y custodia de hijos menores. En tal caso, una vez haya resolución judicial sobre las medidas, hay un plazo de 30 días para interponer la demanda principal. Si transcurrido dicho plazo no se ha presentado la demanda, las medidas pierden su validez.
- Coetáneamente a la interposición de la demanda principal. El cónyuge o miembro de la pareja que presenta la demanda de separación, divorcio o guarda y custodia puede solicitar en la misma las medidas cautelares a adoptar. En este supuesto el Tribunal resolverá en la mayor brevedad posible y su resolución será firme hasta que dicte la sentencia definitiva.
¿Qué medidas provisionales pueden solicitarse?
En la demanda se podrá solicitar que el juez se pronuncie sobre los siguientes aspectos:
- Patria potestad de los hijos.
- Guarda y Custodia.
- Régimen de visitas, comunicación y estancia de los hijos menores.
- Prohibición de salida del territorio nacional cuando exista riesgo de sustracción.
- Pensión de alimentos y reparto de los gastos extraordinarios de los hijos económicamente dependientes.
- Atribución del uso del domicilio familiar.
- Contribución en las cargas del matrimonio.
- Determinación de las normas de administración y disposición de los bines comunes y privativos.
- Solicitud de litis expensas.
Precisar que queda fuera del ámbito de las medidas cautelares la solicitud de pensiones compensatorias, estas deberán solicitarse en la demanda contenciosa de separación, divorcio, nulidad matrimonial o guarda y custodia.
¿Cuál es procedimiento a seguir una vez se ha interpuesto la demanda?
Cuando el juzgado admite la solicitud de adopción de medidas, le da traslado de la petición a la otra parte y al Ministerio fiscal y los convoca a la celebración de una vista en un plazo de diez días, debiendo comparecer asistidos de abogado y procurador.
La parte demandada deberá contestar a la demanda en el mismo acto de la vista, debiendo aportar los medios de prueba que considere oportunos para su defensa.
Una vez celebrada esta vista, el juez dictará Auto acordando las medidas provisionales oportunas, que como hemos indicado, tendrán validez hasta que sean sustituidas por las que establezca definitivamente la sentencia.
cuanto tarda la sentencia en firme?aún estamos en cautelares más se junta con violencia de género salí del domicilio conyugal y estoy acojida en vivienda protegida.el domicilio conyugal es de los 2 .fui a recoger ropa y a cambiado cerradura.es motivo denuncia?
Apreciada Maite, aunque no tenemos toda la información que se requiere para que podamos contestarte de manera ajustada, intentaremos darte algo de luz, a ver si te ayuda.
empezando por el final, si has tenido que salir del domicilio conyugal y refugiarte en una vivienda protegida, en nuestra opinión, cualquier cosa que hayas dejado atrás es menos valioso que tu integridad física, por lo que te recomendamos encarecidamente que no te acerques a ninguna parte donde pueda estar esta persona.
Por otra parte, si estás aún esperando la resolución de las medidas cautelares, quedaría pendiente la vista de medidas definitivas para que tengas una primera sentencia. Dependiendo del partido judicial, esto puede demorar entre 6 meses y a veces hasta 3 años, si por ejemplo hablamos de Granollers (uno de los peores partidos judiciales de Cataluña). A todo esto, si alguna de las partes presenta un recurso a dicha sentencia en primera instancia, se añadiría el tiempo de este recurso -un año y medio aproximadamente-. La mejor manera para acelerar este procedimiento, al menos en primera instancia, sería solicitar la celebración de la vista sobre las medidas provisionales junto con el juicio por las medidas definitivas. No siempre es posible pero si el procedimiento lo permite sería una buena manera de acortar tiempos.
Buenos días.
Estamos iniciando un proceso de divorcio existiendo un hijo menor de edad. Queremos iniciarlo mediante la solicitud de unas medidas provisionales pactadas entre los dos progenitores pero, al no querer dar pasos en falso, sobre todo a la hora de que uno deje el domicilio actual con posibilidad de ir compartiendo la custodia del menor, me surgen dudas respecto a la validez y duración de esas medidas provisionales y los pasos y plazos posteriores. Si no se firma un convenio regulador en un plazo concreto, ¿se prorrogan las medidas provisionales o quedan sin efecto? Si no se presenta una demanda de divorcio en un plazo concreto, ¿se prorrogan las medidas provisionales o quedan sin efecto? Gracias.
Apreciado JJ;
Creo que hay algún tipo de confusión en referencia a las medidas provisionales, ya que estas se solicitan al juzgado cuando los progenitores no están alcanzando un acuerdo y hay una necesidad urgente en acordar la ruptura convivencial o riesgo para el menor. En cualquier caso, este no sería el medio más adecuado para una explicación de este tipo, por lo que te aconsejo contactar con un despacho especialista en derecho de familia, para que te informen bien de lo que más conviene en vuestro caso concreto. Evidentemente, si eliges nuestro despacho… mejor que mejor.
Espero que podáis resolver la situación de la mejor manera posible.
Recibe un cordial saludo.
Hola! Mi hermano tenía una casa junto con su pareja pero ahora se ha separado y se quiere quedar el la casa, pero quiere que le avale mi madre. Se puede hacer algo para que mi madre no quede desprotegida porque si a él le pasa algo que pasaría? A parte que si deja de pagar y mi madre fallece esa mitad de casa es mia, quieren la pagaría?
Hola Andrea, cuando tu hermano firme el préstamo hipotecario para quedarse con la casa, puede contratar un seguro de vida. Seguramente el propio banco ya le obligue a contratarlo. En este tipo de seguros, si falleces, la aseguradora paga una parte o incluso la totalidad de la deuda hipotecaria que queda pendiente al fallecimiento. Estas pólizas también protegen normalmente el desempleo o una incapacidad laboral. Esperamos haberte ayudado. Si tienes más dudas puedes pedir cita en el despacho y te atenderemos encantados.
Un saludo.
Buenos días. A ver si pueden ayudarme. Tengo un hijo, y Yo me divorcié hace 3 años de mi expareja, y tras un dificil divorcio, se acordó fuera del convenio de divorcio que la casa conyugal quedara para mi. Tenia que pagarle una cantidad durante 5 años, y tras esos 5 años se inscribiria la casa a mi nombre.
Ahora yo he rehecho mi vida y mi ex-marido dice que se echa para atras con la venta y ha interpuesto unas cautelares para la utilizacion de la vivienda. Llevo cerca de 1 año aguantandolo, cuando es bastante duro hacerlo y no quiero hacerlo, pero claro, no se que hacer. Cuanto se tarda mas o menos en resolverse este caso? Que puedo hacer para hacelerar todo? Muchas gracias
Apreciada Alba;
Debido a la complejidad de tu consulta, te hemos enviado un correo privado.
Un saludo.
Buenas tardes,
Quisiera saber como hay que proceder para solicitar un cambio de custodia de compartida a única si la comunicación con el otro progenitor no es posible.
Buenas tardes,
En caso de que una madre viuda no pueda ejercer las tareas de guarda y custodia se sus dos hijos menores por temas laborales (jornalera agraria y responsable de cuadrillas en campañas agrícolas), ¿existe un procedimiento judicial para solicitar una guarda provisional al juzgado por parte de una persona que no es familiar?. La madre no quiere renunciar a la patria potestad de sus hijos pero voluntariamente refiere que delegaría las funciones de guarda en otra persona con la que no hay relación de parentesco pero que es conocida de la familia. No tiene ningún familiar de apoyo que pueda ayudarla. Gracias.